Bienes Fungibles. Son los muebles de que no puede hacerse el uso adecuado a su naturaleza sin consumirlos.
Bienes Adventicios. Son los bienes que corresponden a los hijos de familia, que están bajo la patria potestad, por su trabajo o por fortuna o por herencia.
Bienes Gananciales. Son los adquirientes por el marido o la mujer o por ambos, durante la sociedad conyugal.
Bienes Parafernales. Son los que lleva la mujer al matrimonio fuera de la dote y los que adquiere durante el, por titulo lucrativo, como herencia o donación.
Bienes Mostrencos. Son aquellos que por no tener dueño conocido. Se aplican al estado.
No hay comentarios:
Publicar un comentario